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Servef. Ayudas a proyectos y empresas calificados como I+E.
Las empresas que tengan su origen en proyectos de I+E podrán constituirse bajo cualquier forma jurídica, incluidas las distintas fórmulas de economía social, tales como cooperativas o sociedades laborales.
Se entenderá que una empresa está constituida desde el momento de su inscripción en el correspondiente registro mercantil o, en su caso, en el Registro de Cooperativas, cuando se trate de empresario individual o comunidad de bienes, cuando se produzca la Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios (mod. 036).
Se entenderá que inicia su actividad productiva cuando cause alta en el Censo de Obligados Tributarios (mod. 036).
a) Subvención financiera: Esta subvención tendrá como límite la cuantía de 5.108,60 euros por puesto de trabajo que se cubra mediante una contratación indefinida. Se entenderá incluido como puesto de trabajo creado el de la propia persona promotora, lo que se acreditará mediante la Declaración de Alta en el Censo de Obligados Tributarios (mod. 036)y/o alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.
b) Subvención de apoyo a la función gerencial: Hasta una cantidad máxima total de 12.000 euros, sin poder, por ello, acumular distintos tipos de ayuda por encima de dicha cantidad máxima.
c) Subvención por asistencia técnica para la contratación de personal experto técnico de alta cualificación: Con un límite de 17.978,82 euros.
d) Subvención para cooperativas y sociedades laborales: Subvención de 4.808,10 euros por cada socio trabajador que, siendo desempleado, se integre en las mismas con carácter indefinido.
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